Informes de inspección y Certificados de su realización, conteniendo el análisis del estado de conservación en relación a sus condiciones de seguridad, estanqueidad, salubridad, ornato público y habitabilidad, así cómo análisis de del cumplimiento de los deberes de uso y dotaciones de servicios, a fin de evaluar periódicamente el estado de las construcciones.
INFORMES DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS (IEE), regulados por la ley 8/2013, de 26 de Junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbanas.
Dicha Ley estatal establece la obligación de pasar un IEE a todos los edificios de tipología residencial tipo vivienda colectiva con antigüedad superior a 50 años, en el que se debe dar la información sobre tres aspectos fundamentales del edificio: el estado de CONSERVACIÓN, las condiciones de HABITABILIDAD y la EFICIENCIA ENERGÉTICA
Ley 8/2013, de 26 de Junio, de REHABILITACIÓN, REGENERACIÓN y RENOVACIÓN URBANAS
Inspección Técnica obligatoria
La Inspección Técnica obligatoria que corresponde acometer a los propietarios de las construcciones en los plazos, ámbito y condiciones fijados en el RD 10/2013 de 7 de Marzo de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (publicación en BOCYL de 13 de Marzo.)
RD 10/2013
Ordenanza Municipal de Miranda de Ebro
Aprobada definitivamente la Ordenanza Municipal de Miranda de Ebro. Los Ayuntamientos controlan el cumplimiento, la aplicación y la eficacia de la Inspección, creando un registro de construcciones obligadas a dicha inspección.
En Burgos, Ordenanza aprobada definitivamente en fecha 14 de Diciembre de 2012, publicada en el BOP nº 241, de fecha 21 de Diciembre.